La Sociedad Rural de Lobería (SRL) comunicó hoy que se ha solicitado, mediante las autoridades locales, que se declare la “Emergencia Agropecuaria” en el partido de Lobería, al hallarse anegados distintos cuarteles que conforman el mismo.
El Ministerio bonaerense de Asuntos Agrarios ya calificó como estado de desastre agropecuario a todo el distrito de Necochea y también San Cayetano como consecuencia de las intensas lluvias que anegaron numerosas hectáreas. En Balcarce declararon la Emergencia Agropecuaria.
La SRL informó a los productores locales afectados en su explotación por el exceso de agua que, en conjunto con la Federación Agraria Argentina filial Lobería, han solicitado a través de las autoridades locales que se declare la “Emergencia Agropecuaria” para aquellos cuarteles que se encuentran anegados en Lobería.
El estado de emergencia y desastre agropecuario ya fue declarado por la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la provincia de Buenos Aires e incluye a diferentes localidades del sudeste bonaerense desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre. Entre ellas, Chascomús, Necochea, Balcarce, Junín, Maipú y San Cayetano. La medida también alcanza a General Viamonte, Gonzales Chaves y Alvear.
Se considera que un campo se encuentra en emergencia agropecuaria cuando su producción o capacidad se halla afectada entre el 50 y el 79 por ciento.
Y si está afectado entre un 80 y 100 %, será considerado en la categoría de desastre. Ese fue el caso de Necochea y San Cayetano, incorporados en esa última opción.
En cuanto a los beneficios establecidos en la Ley N° 10.390, en el orden crediticio se establece que el Banco Provincia, de acuerdo con situaciones particulares de cada productor, puede otorgar créditos especiales y suspender juicios y operaciones de descuento sobre intereses mínimos para que puedan seguir trabajando.
En materia impositiva, se prorrogan el plazo y el pago de impuestos cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia agropecuaria. La exención es total o parcial en el caso de declaración de desastre agropecuario. Estas exenciones serán acordadas por el Poder Ejecutivo, quien determinará los sujetos, alcances, beneficios y demás condiciones.