El Gobierno puso en marcha el nuevo procedimiento para que accedan a la compra de dólares para tenencia y ahorro «todos los trabajadores registrados en relación de dependencia, autónomos o monotributistas inscriptos en la AFIP, en función del ingreso mensual, habitual y permanente», por un máximo de US$2.000.
El jefe de Gabinete de Ministros, Jorge Capitanich, señaló en conferencia de prensa que el límite inferior para realizar esa operación será la percepción, en concepto de ingresos mensuales declarados, del equivalente a dos salarios mínimo, vital y móvil, es decir, 7.200 pesos.
«El límite superior será equivalente a 2.000 dólares por persona física», y la proporción de ingresos permitidos para compra de dólares será de 20%, dijo Capitanich.
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, presente en la conferencia, precisó a su vez que en esos casos el anticipo por el impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales será de 20% del monto de la operación, como se había adelantado el viernes.
Capitanich resaltó, no obstante, que «si el comprador de dólares los deposita en caja de ahorro o en plazo fijo, y lo mantiene por un año, el anticipo de Ganancias será cero».
«Lo puede retirar cuando quiera, pero si lo retira antes de los 365 días, tendrá que pagar el anticipo», señaló al dar cuenta de la resolución 3583 de la AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial.
El funcionario aclaró que para las compras de divisas con fines turísticos y gastos de tarjeta de crédito y débito en el exterior «no hay cambios, en virtud del éxito que esto ha tenido para el turismo receptivo e interno en el país», lo cual implica que la retención de Ganancias continúa en 35%.
Echegaray puntualizó, por otra parte, que el tope autorizado para gastos en el exterior equivale a 104 dólares diarios por persona, de acuerdo con el informe que elabora el Ministerio de Turismo, en función del consumo habitual que realizan los viajeros.
El jefe de Gabinete añadió que el acceso a la compra de divisas será a través del sistema informático «automático y transparente» de la AFIP, y «con el formulario de autorización, la persona física podrá recurrir durante las próximas 72 horas hábiles a una entidad financiera para adquirir los dólares».
Poco antes del mediodía, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) completó la normativa mediante la Comunicación A 5526, según la cual -del mismo modo que en las compras de divisas para turismo- sólo se podrá adquirir moneda extranjera con fines de ahorro «con débito en una cuenta bancaria a la vista a nombre del cliente, con transferencia a favor de la entidad interviniente desde una cuenta propia o con pago con cheque propio». Capitanich dijo en la conferencia que «en los últimos diez años se atesoraron unos 143.000 millones de dólares», y aseguró que la nueva metodología apunta «al pequeño ahorrista que quiere acceder a un nivel de tenencia en dólares».
Minutos después, en declaraciones a radio La Red, consideró factible que en estos días se produzcan entre 2 y 3 millones de transacciones, por una suma de entre 1.365 y 1.500 millones de dólares, de acuerdo con los requisitos establecidos.